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Nueva regulación en Perú busca optimizar la operación de sistemas aislados y reducir la probabilidad de alzas en las tarifas

Martes, 15/04/2025

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El Ministerio de Energía y Minas (MINEM) del Perú publicó los proyectos de “Decreto Supremo que aprueba el Reglamento que regula la Coordinación de la Operación de los Sistemas Aislados” y “Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de contrataciones de electricidad para el suministro de los usuarios regulados". 

Ambos proyectos normativos se encargan de reglamentar los cambios realizados por la Ley 32249 a la ley 28832, Ley para asegurar el desarrollo eficiente de la generación eléctrica.

¿Qué objetivo tienen?

 

Según afirma el MINEM, el propósito de ambas normativas es garantizar el abastecimiento seguro, confiable y eficiente del suministro eléctrico y promover la diversificación de la matriz energética, permitiendo la competencia de diversas tecnologías para la generación de electricidad.

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Coordinación de sistemas aislados

 

En el caso del “Decreto Supremo que aprueba el Reglamento que regula la Coordinación de la Operación de los Sistemas Aislados”, su aprobación faculta al MINEM para que encargue al Comité de Operación Económica del Sistema (COES), organismo que opera el Sistema Eléctrico Interconectado Nacional (SEIN), la operación de sistemas eléctricos aislados, como es el caso de la ciudad de Iquitos, en la región Loreto.

 

Los especialistas del MINEM precisan que permitir que el COES opere un sistema eléctrico aislado significa que coordinará el desempeño y funcionamiento del mismo al mínimo costo, preservando la seguridad del abastecimiento del servicio de energía eléctrica y el mejor aprovechamiento de recursos energéticos en favor de los usuarios.

 

Reglamento para contrataciones de electricidad

En relación a la segunda norma publicada: “Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de contrataciones de electricidad para el suministro de los usuarios regulados”, este dispositivo busca regular la suscripción de contratos de suministro entre generadores y distribuidores para la atención de la demanda de los usuarios regulados.

 

Asimismo, establece que la programación para dichas compras de electricidad debe ser publicada y actualizada anualmente por las empresas distribuidoras eléctricas, precisando las modalidades de contratación aplicables y las reglas para el desarrollo de las licitaciones correspondientes.

 

El MINEM señala que estas propuestas normativas buscan generar un marco legal que reduzca la probabilidad de incremento tarifario por falta de oferta eficiente para el abastecimiento del mercado regulado, como resultado de una falla en la regulación actual de los contratos de suministro de generador a distribuidor para la atención de la demanda de los usuarios regulados (familias).

 

Imagen: Amazonas Solar

Por INFOENERGÉTICA

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